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Confirma la SCJN: queda prohibido reprobar a estudiantes de nivel básico

La SCJN avaló la constitucionalidad del acuerdo de la SEP que prohíbe reprobar a estudiantes de nivel básico para evitar la deserción
Confirma la SCJN: queda prohibido reprobar a estudiantes de nivel básico

Ciudad de México - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ratificado la validez del acuerdo que impide a los docentes reprobar a estudiantes de nivel básico, aun cuando no logren acreditar hasta cuatro materias o presenten inasistencias.

Esta resolución busca, según el Máximo Tribunal, priorizar la permanencia de los menores dentro del sistema de enseñanza nacional.

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La ministra Lenia Batres Guadarrama detalló que esta medida, avalada por la mayoría del pleno, tiene como objetivo evitar la deserción y asegurar que niñas, niños y adolescentes continúen su formación.

Con esto, se confirma que el criterio de evaluación de la SEP no vulnera la calidad educativa, sino que se adapta a las necesidades actuales de desarrollo integral.

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Excelencia educativa bajo la lupa de la SCJN

De acuerdo con la ministra, el parámetro de excelencia que establece el Acuerdo 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública exige que tanto planteles públicos como privados garanticen condiciones óptimas para el aprendizaje.

El fallo sostiene que reprobar a estudiantes no es la solución para su desarrollo cognitivo, socioemocional y físico, por lo que las instituciones deben buscar mecanismos de regularización que no impliquen la repetición del año escolar.

Constitucionalidad del derecho a la educación

El comunicado oficial de la SCJN resalta que estas normas son plenamente compatibles con la Carta Magna.

El Máximo Tribunal resolvió que el Acuerdo 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública, que establece las normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de alumnas y alumnos de educación preescolar, primaria y secundaria, es constitucional y compatible con el derecho a una educación básica de excelencia, previsto en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", señala el documento.

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Garantía de permanencia escolar

Esta decisión de la SCJN subraya que el Estado mexicano debe implementar todas las acciones necesarias para que ningún alumno quede fuera de las aulas por cuestiones académicas administrativas.

De este modo, la prohibición de reprobar a estudiantes se convierte en un eje central para asegurar que la educación básica sea accesible y continua para todos.

MEJZ*