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Tribunal tumba candidaturas exclusivas para mujeres en 13 municipios de Guanajuato

El TEEG eliminó la reserva exclusiva para mujeres en alcaldías de 13 municipios de Guanajuato rumbo a las elecciones de 2027

Tribunal tumba candidaturas exclusivas para mujeres en 13 municipios de Guanajuato

Guanajuato, Guanajuato - El Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) modificó por unanimidad el acuerdo que reservaba exclusivamente a mujeres las candidaturas a alcaldías de 13 municipios durante las elecciones de 2026-2027.

La resolución se tomó durante una sesión pública celebrada el 14 de octubre de 2026, tras revisar impugnaciones presentadas por partidos políticos y ciudadanos contra la disposición del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG).

En el recurso TEEG-REV-02/2026 y sus acumulados, el Tribunal concluyó que el Instituto excedió sus atribuciones al limitar la libertad partidista para seleccionar candidaturas y restringir la participación por la vía independiente.

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TEEG elimina reserva exclusiva para mujeres en 13 alcaldías de Guanajuato

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Tribunal cuestiona la justificación de la reserva exclusiva

El Pleno reconoció que impulsar la participación de las mujeres en los gobiernos municipales constituye un objetivo válido, pero consideró que el IEEG no aportó datos suficientes para justificar la medida.

En particular, determinó que no se acreditó que las reglas de paridad vigentes fueran insuficientes ni que resultara indispensable reservar las postulaciones de esos 13 municipios exclusivamente para mujeres.

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Durante el análisis se expuso que los mecanismos de paridad aplicados en procesos electorales recientes han permitido avances: en los tres más recientes, mujeres gobernaron 28 de los 46 municipios de Guanajuato.

El diagnóstico del IEEG comprendía el periodo de 1997 a 2024, sin incluir antecedentes históricos más amplios que habrían permitido identificar que Comonfort, Cortazar, Dolores Hidalgo C.I.N., Romita y Tarimoro ya habían tenido alcaldesas.

La resolución considera la libertad partidista y las candidaturas independientes

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El Tribunal determinó que la reserva afectaba la capacidad de los partidos para definir sus estrategias electorales, al establecer anticipadamente en qué municipios debían postular mujeres sin considerar sus procesos internos.

Respecto de las candidaturas independientes, consideró injustificado impedir que hombres interesados contendieran por esta vía, siempre que cumplieran los requisitos legales establecidos para participar en la elección.

El Pleno señaló que las personas independientes no pueden registrarse en un municipio distinto al de su residencia, mientras los partidos pueden postular en cualquiera de los 46 municipios del estado, conforme a las reglas de paridad.

Por esa diferencia, el Tribunal concluyó que no corresponde imponerles las mismas obligaciones, pues quienes buscan una candidatura independiente no participan en la selección de un partido, sino que solicitan directamente el respaldo ciudadano.

La modificación no elimina las demás reglas de paridad

Otro elemento considerado fue que la medida se aprobó después de publicarse la convocatoria, cuando algunas personas interesadas posiblemente ya habían iniciado trámites, situación que generaba incertidumbre sobre las reglas aplicables.

Por estos motivos, el Pleno modificó el acuerdo del IEEG y sus lineamientos de paridad para eliminar la reserva exclusiva de candidaturas femeninas en los 13 municipios, sin suprimir las demás disposiciones de paridad que deberán cumplirse durante el proceso electoral.

En la misma resolución, el Tribunal dio por concluidos 22 juicios sin estudiar sus argumentos: en uno, una persona ya había ejercido su derecho a impugnar mediante otro recurso y, en los restantes, no se acreditó afectación directa o interés suficiente.

Integrantes presentes en la sesión pública

En la sesión participaron Yari Zapata López, magistrada presidenta del Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; Juan Antonio Macías Pérez, titular de la Primera, y Pablo Roberto Sharpe Calzada, titular de la Tercera.

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También estuvo presente Alejandro Javier Martínez Mejía, secretario general del organismo electoral. La resolución corresponde al proceso electoral ordinario 2026-2027 en Guanajuato.

La determinación y la información institucional pueden consultarse en los sitios oficiales del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato y el Instituto Nacional Electoral.