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¿Puedes meter tus propios alimentos al cine? ¡Ya contestó Profeco!

¿Puedes meter tus propios alimentos en cines? La Profeco responde sobre la prohibición de las cadenas y lo que no es legal
¿Puedes meter tus propios alimentos al cine? ¡Ya contestó Profeco!

México - La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) se pronunció respecto a la restricción de alimentos en cines de México, un tema que ha causado debate entre los consumidores. César Iván Escalante, titular de la Profeco, explicó que la política de cada cadena de cines debe respetarse desde el momento en que se adquiere un boleto.

El titular de la Profeco, Iván Escalante, concedió una entrevista a Milenio, en donde aclaró que si el cine en cuestión no permite la entrada de alimentos los clientes deben respetar la regla.

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Sin embargo, también aclaró que lo que sí está prohibido es que el personal del cine revise las bolsas o mochilas de sus clientes.

Alimentos en cines: ¿Pueden revisar tus bolsas o mochilas?

De acuerdo con el Artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, no se puede obligar a los clientes a mostrar el contenido de sus pertenencias.

Revisar mochilas es ilegal. Pedirle que enseñe el contenido del bulto es aceptable si el consumidor lo hace voluntariamente, pero no pueden obligarlo”, explicó.

¡Aguas con este mito viral sobre la Ley del Consumidor y los alimentos en cines!

En los últimos días, se ha viralizado la creencia de que el Artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor permite la entrada de alimentos en cines. Sin embargo, esta disposición está enfocada en evitar la discriminación por razones de género, religión, nacionalidad u otras características, por lo que no aplica en este caso.

Así, la Profeco dejó claro que la decisión sobre permitir o no la entrada de alimentos depende de cada cine, pero ninguna cadena puede exigir la revisión forzosa de mochilas o bolsas.