Bienestar

¿Las deudas de una persona se heredan cuando fallece? Aquí te lo explicamos

Cuando una persona fallece y tenía una o varias deudas pendientes, hay varias cosas que pueden suceder y la Condusef te lo explica

León, Guanajuato – Cuando fallece un familiar o un ser querido, muchas veces suelen dejar tras de sí una o varias deudas, ya sea por tarjetas de crédito o créditos hipotecarios, pero sea cual sea el caso, surge la duda de qué sucederá ahora con estas deudas pendientes.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) da lineamientos específicos sobre este tema, que además del dolor por la pérdida de un ser querido, puede generar preocupación entre las familias.

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En primera instancia, algo importante es saber que al fallecer una persona, sus deudas no se extinguen automáticamente. La legislación mexicana establece que estas obligaciones deben liquidarse utilizando el patrimonio del difunto, mismo que comprende propiedades, ahorros, inversiones y otros activos de valor que estén a nombre del fallecido.

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Además, se aclara que solo después de cubrir las deudas pendientes, se puede proceder a la distribución de la herencia.

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Recuerda revisar las deudas de una persona fallecida para evitar problemas. Foto: Especial

¿Los herederos deben pagar las deudas pendientes de la persona fallecida?

Los herederos, por regla general, no tienen la obligación de usar sus propios recursos para saldar estas deudas. No obstante, la Condusef señala tres excepciones importantes donde sí deberán responder: cuando son avalistas o cofirmantes, cuando participaron en créditos conjuntos, o si aceptaron la herencia sin beneficio de inventario.

Además, cada tipo de deuda tiene un tratamiento específico:

  • Tarjetas de crédito: Usualmente incluyen un seguro que cubre el saldo pendiente al fallecer el titular. Para activarlo, los familiares del fallecido deben notificar al banco y presentar el acta de defunción.
  • Créditos hipotecarios: Normalmente cuentan con seguros de vida que saldan la deuda tras el deceso del titular. Pero si no se tiene este seguro, la deuda deberá pagarse con el patrimonio del fallecido, o en caso de que el crédito sea mancomunado, el cotitular asumirá la obligación de pago.
  • Préstamos personales: Se pagan con el patrimonio del fallecido, pero incluso si este es insuficiente, el acreedor no podrá exigir el pago a los herederos, a no ser que estos hayan sido avalistas o codeudores solidarios.

Además, para evitar complicaciones futuras, la Condusef recomienda a los familiares realizar las siguientes acciones después del fallecimiento de un ser querido:

  • Reportar el fallecimiento a los bancos y otras instituciones financieras
  • Investigar la existencia de seguros asociados a los créditos
  • Designar un albacea para gestionar el patrimonio
  • Analizar el testamento para conocer la distribución patrimonial
Testamento
El testamento evita gastos mayores, pérdidas de tiempo y problemas en las familias. Foto: Especial

Y si tú no quieres dejar deudas o problemas a tus familiares, se recomienda contratar seguros de vida, verificar que los créditos incluyan seguros por fallecimiento y mantener actualizado el testamento. Estas medidas ayudarán a proteger a los herederos de posibles problemas financieros.

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Aunque las deudas no se heredan directamente, es importante recordar que la herencia solo podrá distribuirse una vez saldadas todas las obligaciones pendientes. Así que mantente informado y evita complicaciones futuras.

JRP

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