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¿Pueden multar a los patines eléctricos en León? Policía vial aclara la situación

León no puede multar a usuarios de scooters eléctricos por falta de fundamentos legales; los municipios deberán regular su circulación antes del 25 de noviembre

¿Pueden multar a los patines eléctricos en León? Policía vial aclara la situación

León, Guanajuato - Pese a la creciente circulación de vehículos eléctricos, como scooters o monopatines que superan los 25 kilómetros por hora, las autoridades municipales están limitadas para regularlos.

El director de la Policía Vial, Miguel Ángel Mares de la Mora, reconoció que actualmente solo pueden hacer un llamado de atención a quienes circulan por zonas peatonales.

“Ahorita únicamente se está concientizando, se amonesta de manera verbal, no hay como un acta de infracción para ellos (…) Sí hemos tenido algunos accidentes en estos vehículos pero no ha crecido de manera exponencial, ni alarmante”, explicó.

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León reconoce límites para sancionar scooters eléctricos; municipios tienen hasta noviembre para regularlos

León reconoce límites para sancionar scooters eléctricos; municipios tienen hasta noviembre para regularlos
León reconoce límites para sancionar scooters eléctricos; municipios tienen hasta noviembre para regularlos | León no puede multar a usuarios de scooters eléctricos por falta de fundamentos legales; los municipios deberán regular su circulación antes del 25 de noviembre

En el municipio de León, actualmente se informa a los usuarios por dónde pueden circular y, cuando se ven involucrados en un accidente, se actúa conforme a derecho.

“No dejan de ser un vehículo, el reglamento lo estipula, llámese mecánico, eléctrico, de tracción animal es un vehículo y tiene una responsabilidad al ir circulando en la vía pública”. Sin embargo, reconoció que no existe claridad sobre la normativa para el uso de estos vehículos.

“Tenemos que tener los fundamentos legales para poder hacerlo y ahorita no los tenemos”, señaló.

Una limitante para considerar que en el futuro sean multados es que no pueden registrarse ni obtener placas, dado que “la mayoría de estos vehículos no cuentan con una serie y ya desde ahí no podemos hacer que plaquen”, explicó el director de Vialidad.

Municipios deberán regular los vehículos eléctricos

A principios de mayo se aprobó una reforma a la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato, que reconoce la micromovilidad de vehículos eléctricos capaces de circular a una velocidad de hasta 25 kilómetros por hora, similar al promedio de una bicicleta.

En ese supuesto se consideran los monopatines, las bicicletas y las motocicletas ligeras.

Sin embargo, corresponde a cada municipio establecer su regulación en los respectivos reglamentos, con plazo hasta el 25 de noviembre, explicó la diputada Jared González Márquez.

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En sus reglamentos establecerán las disposiciones para regular su circulación, operación, zonas de tránsito permitidas, horarios, dispositivos de seguridad, requisitos para su uso y condiciones para su estacionamiento en espacios públicos.

Además, se señala que dichas disposiciones deberán atender las particularidades técnicas, de velocidad, masa y riesgo de estos vehículos, a fin de garantizar la seguridad vial, la integridad de las personas usuarias y su convivencia con peatones, ciclistas y demás usuarios de la vía pública.

Para consultar información relacionada con la normativa estatal, pueden revisarse los canales oficiales del Congreso del Estado de Guanajuato y del Gobierno de Guanajuato.