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¿Se descansa el 1 y 2 de noviembre? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

La Ley Federal del Trabajo no considera al Día de Muertos como un día feriado; es decir, de descanso obligatorio
¿Se descansa el 1 y 2 de noviembre? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Este primer fin de semana de noviembre los estudiantes de educación básica gozarán de un megapuente.

Según el calendario de la Secretaría de Educación Pública, los estudiantes descansan el viernes 31 de octubre por la Junta de Consejo Técnico, lo que les dará 3 días de descanso.

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En el contexto del Día de Muertos los trabajadores podrían no tener la misma suerte, y es que la LFT es clara en cuanto a los días que sí son de descanso obligatorio.

En su artículo 74, la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala cuáles son los días de descanso obligatorio

Durante esas fechas los trabajadores no tienen la obligación de presentarse en su trabajar, y si lo hacen, deben recibir un salario doble como compensación, adicional a su remuneración ordinaria. 

¿Qué dice la ley?

Es importante destacar que la ley no contempla que el 1 y 2 de noviembre como días de descanso obligatorio.

Lo anterior significa que deben presentarse a trabajar de manera habitual y con el mismo salario que perciben cualquier otro día.

La legislación laboral no considera al Día de Muertos como feriado; es decir, de descanso obligatorio, pero hay empresas que ofrecen esta opción a sus colaboradores como parte de un acuerdo interno.

Este acuerdo es más una convención entre el trabajador y el patrón, y aplica según las políticas de cada empresa.

Por otro lado, el artículo 71 prioriza que el día de descanso semanal obligatorio para los trabajadores se procure en domingo, y quien sea convocado a trabajar ese día, tendrá derecho a recibir una prima adicional de al menos un 25% sobre su salario ordinario de trabajo.

Esto significa que el 2 de noviembre, los trabajadores que presten servicio, tienen derecho a recibir un pago adicional, pero no porque sea Día de Muertos, sino por la prima dominical.