León, Guanajuato- Los mitos acerca de la fotomulta por exceso de velocidad en la ciudad de León ya son varios. Uno de ellos es que si revisas vía internet si tienes multas, entonces ya se te da por informado y la tendrías que pagar lo antes posible. Sin embargo, esto no es así, lo aseguró el secretario del Ayuntamiento, Roberto Mario Enríquez Carrillo.
Desde su implementación, las fotomultas han generado diferentes polémicas, y una de ellas es respecto a las notificaciones y su formalidad. Aunque lo adecuado es que llegue una notificación al domicilio del infractor para avisarle de la multa, también existe la posibilidad de que los automovilistas consulten en internet si tienen alguna multa vigente por exceso de velocidad.
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Lo anterior ha provocado la versión de que si se consulta vía internet la fotomulta, el automovilista ya estaría formalmente notificado y, por lo tanto, comenzarían a contar los plazos para que pueda saldar la sanción económica o conmutarla por servicio comunitario.
Esto fue desmentido por el secretario del ayuntamiento, quien explicó que “el consultar no te hace oficialmente notificado. El solo hecho de consultarla no te hace acreedor, todavía ni siquiera calificada está. La puedes consultar y no pasaría nada”, aseguró.
Agregó que esta posibilidad es únicamente para que los ciudadanos puedan estar al tanto de su situación y, de algún modo, prepararse y decidir cómo saldar la infracción luego de que sean notificados formalmente.
Enfatizó que es mejor que no exista esta confusión, porque podría haber quienes quieran aprovecharse de la situación y argumenten que ya están haciendo algún tipo de defensoría en favor del ciudadano cuando, en realidad, no ocurre nada todavía.
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“Es un mero conocimiento por internet; a final de cuentas, formalmente no ha llegado a tu domicilio la notificación. Mejor que no exista esta confusión, porque al rato hasta les pueden cobrar diciendo que ya los están defendiendo desde ese momento cuando no pasa nada”.
Roberto Mario Enríquez Carrillo
Recordó que los plazos comienzan a partir de que el automovilista es informado formalmente en su domicilio sobre la multa. Esta puede permutarse por servicio comunitario al 100% durante los primeros 10 días, al 90% durante los segundos 10 días y al 75% si se hace entre los días 21 y 30 después de la notificación.
*RC
