México- La pensión del Bienestar, que otorga 6 mil pesos bimestrales a los adultos mayores, es un derecho constitucional en México. Este programa ha demostrado ser efectivo al combinar el apoyo económico con acciones para aminorar el deterioro de la salud física y mental, mejorando así las condiciones de vida de los beneficiarios. Sin embargo, existen varias razones por las cuales un adulto mayor puede perder definitivamente este beneficio.
En las reglas de operación de la pensión universal para adultos mayores se establecen claramente los motivos que pueden causar la baja definitiva del programa. Es crucial que los beneficiarios estén al tanto de estas condiciones para evitar su expulsión.
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Aquí las causas para perder la pensión del Bienestar
- CURP en estatus de defunción: Si la Clave Única de Registro de Población (CURP) aparece con el estatus "baja por defunción", se procederá a la baja del padrón.
- Por defunción: Cuando se notifique el fallecimiento del beneficiario, por parte de la persona auxiliar, se procederá a la baja.
- Inconsistencia en datos de identificación: Si se detectan documentos de identidad apócrifos, pertenecientes a otra persona o con información incorrecta, se perderá la pensión.
- Dos no cobros consecutivos: Si el adulto mayor no se presenta en dos bimestres consecutivos a realizar el cobro en efectivo, será dado de baja.
- Posible duplicidad: Si hay duplicidad del beneficiario, se puede perder el apoyo.
- Inconsistencia en el medio de cobro: Si se detecta alteración o falsificación de documentos de cobro, se dará de baja del padrón.
- No localización del beneficiario: Si en dos ocasiones consecutivas no se localiza al beneficiario en su domicilio, se procederá a la baja.
- No presentarse a recoger el medio de cobro: Si tras dos bimestres el beneficiario no recoge su tarjeta del Bienestar, perderá el apoyo.
- Cobro simultáneo: Si se identifica que el derechohabiente tiene dos o más registros y se realizó el cobro o depósito bancario de la pensión en uno o más bimestres, se dará de baja.
- Baja voluntaria: Si el beneficiario desea darse de baja del programa, puede hacerlo en cualquier momento.
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Además, si el beneficiario no se presenta cada seis meses para realizar su comprobación de supervivencia, sus apoyos serán suspendidos hasta que aclare su situación. El personal de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) está disponible para orientar a los beneficiarios en cualquier ventanilla o mediante los teléfonos de atención.
Mantenerse informado y cumplir con los requisitos es esencial para seguir recibiendo este valioso apoyo, que contribuye significativamente al bienestar de los adultos mayores en el país.
*RC
