León, Guanajuato - A cinco días de que el Consejo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) en Guanajuato sesione para elegir a su nueva dirigencia por los próximos años, la senadora Alejandra 'La Wera' Reynoso, insiste en que se revoque el proceso interno de elección definido.
La panista entregó ante el Tribunal Estatal Electora el Juicio de Derechos Político- Electorales que interpuso ante la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, tras denunciar presuntas irregularidades que asegura identificó en el proceso de difusión de la convocatoria.
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Y es que la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN, le negó el recurso de impugnación argumentando que los actos no estaban fundados.
A la impugnación de 'La Wera' Reynoso, se suman otras 11 quejas, entre las que están la presentada por el diputado local Rolando Alcántar Rojas.
De acuerdo con la convocatoria para la elección del Comité Directivo Estatal del PAN 2024-2027, publicada en los estrados físicos y electrónicos de Acción Nacional, se llevará a cabo el lunes 2 de septiembre en una sesión extraordinaria la definición del próximo dirigente.
Decisión que posteriormente se habrá de rarificar en el Consejo Nacional del blanquiazul.
La única fórmula registrada hasta el momento es la conformada por Aldo Márquez Becerra, para la presidencia del Comité Directivo Estatal y para la Secretaría General, Juana de la Cruz Martínez.
Alejandra Reynoso busca que sea el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato “quien resuelva a través del análisis e interpretación de la Constitución, los Estatutos y Reglamentos del Partido Acción Nacional, el Juicio de Derechos Político-Electorales del ciudadano”.
Lo que pedimos es que se revoque el acuerdo de la Comisión Permanente Nacional, que se reponga el procedimiento para que sea un método ordinario donde la militancia pueda votar y elegir a su dirigencia, y la aplicación de acciones afirmativas”.
Alejandra Reynoso / Senadora
A decir de la militante del blanquiazul, no es suficiente la respuesta de la comisión en torno al derecho al voto de los militantes.
“La comisión consideró que no era necesario justificar el por qué no estaban las condiciones para que la elección se realizara mediante el método ordinario, es decir, con la participación de las y los militantes en el estado”.
Abundó que la resolución no abordó la omisión en la convocatoria del acuerdo de aplicación de acciones afirmativas en materia de paridad de género para las dirigencias estatales.
De igual forma, la comisión no se manifestó respecto a la legalidad de quien convoca a la renovación de la dirigencia estatal del partido, y tampoco se pronunció sobre la injerencia del CDE al instruirle a los comités municipales que llevaran a cabo una sesión en la que votaran por el método extraordinario.
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