Al Club León solo le quedará el recurso del Tribunal de Arbitraje Deportivo para buscar su regreso al Mundial de Clubes 2025, pues la Comisión de Apelación de la FIFA anunció este miércoles que no cumple con los criterios definidos en el artículo 10.1 del Reglamento del torneo, dejando en responsabilidad de la secretaría general la decisión del club que lo reemplazará.
A través de un dictamen publicado que contiene 55 folios, FIFA determinó que Pachuca y León operan de manera simultánea, luego de una evaluación exhaustiva, prohibiendo expresamente la multipropiedad, con pruebas que demuestran que la toma de decisiones centralizada es bajo una sola autoridad.
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"Esto se evidencia por su afiliación con Grupo Pachuca, sus estructuras de propiedad, acuerdos de gobierno superpuestos y su cumplimiento con las regulaciones de multipropiedad de la Liga MX- incluyendo la representación compartida dentro del marco de la Liga MX y las restricciones de transferencia correspondientes", subraya la decisión.
FIFA expone ¿trampas a través de un fideicomiso?
Por otra parte, el organismo informó que León buscó una solución mediante la creación de un ‘trust’ o fideicomiso, cuya vigencia sería de marzo hasta el término del torneo y al que se destinarían la mayoría de las acciones, pero tampoco cumplió con los lineamientos.
Explicó que las condiciones deben cumplirse en el momento de la firma del acuerdo de participación, algo que la Fiera hizo, acorde a su informe, además buscando igualar el movimiento que hizo Girona para participar de la UEFA Champions League 2024-25, al ser parte del City Group.

Sin embargo, FIFA se pronunció “por un lado, lamentando la ambigüedad, por otro, preparando una estructura jurídica compleja para eludir las normas, plantea serias dudas y, en cierta medida, sugiere una falta de buena fe por parte de los clubes en el contexto del procedimiento”, pidiendo además no se compare con el torneo europeo, mismo que no regula.
A pesar de la voluntad de los dos clubes de proponer una solución para cumplir con el reglamento sobre el tiempo compartido, la Federación Mundial de Fútbol ha explicado que la propuesta no cumple con los requisitos del Artículo 10 por las siguientes razones:
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Un "fideicomiso ciego" requiere que el fideicomisario sea totalmente independiente y no esté afiliado a ninguna de las partes interesadas, y que tenga plena discreción en la gestión de los activos. Sin embargo, el fideicomiso en cuestión no cumple con estos criterios.
El artículo 10 exige claramente que los clubes cumplan los criterios "en el momento de la presentación del Acuerdo de Participación". En este caso, el Trust se creó solo después de que las partes hubieran presentado sus respectivos acuerdos de participación
Garantizar la integridad de la competencia no solo requiere la ausencia de daños reales, sino también la percepción pública de posibles conflictos.
En este sentido, se ha observado que el Trust es temporal. Los cambios organizativos implementados por el León solo son válidos hasta el final del Mundial de Clubes.
El argumento de que la mera temporalidad de la modificación garantiza la integridad no es aceptable. Por el contrario, la temporalidad acentúa las dudas sobre la separación efectiva entre los dos clubes.
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Finalmente, FIFA informó que una venta del Club León en estos momentos tampoco solucionaría el problema, pues las demandadas incumplieron el artículo 10 del Reglamento cuando presentaron el Contrato de Participación el 6 de febrero de 2025.
De tal manera, al Club León solo le queda la esperanza de que el TAS, en la primera semana de mayo, termine fallando a su favor para recuperar su lugar en la Copa Mundial de Clubes 2025, a celebrarse en junio próximo dentro de los Estados Unidos.
*GG