La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) determinó que se reponga el procedimiento para aprobar el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) de los empleados sindicalizados de la General Motors Planta Silao. Además, presentó una denuncia ante la Fiscalía General del Estado de Guanajuato (FGEG), para deslindar responsabilidades penales.
Para la reposición del procedimiento de votación libre, directo y secreto se tendrán 30 días, advirtieron desde la STPS.
El Gobierno de los Estados Unidos solicitó a México la revisión del proceso ante posibles violaciones a los derechos laborales de los trabajadores de la planta GM Silao. La petición se promovió a través del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC, nunca utilizado antes.
La solicitud de investigación se hizo debido a que la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos y el Departamento del Trabajo recibió denuncias sobre probables violaciones graves, en detrimento de los trabajadores guanajuatenses.
La denuncia hace referencia a que el pasado 20 y 21 de abril en la planta GM Silao se realizó la consulta para legitimar el Contrato Colectivio de Trabajo, que corresponde al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal-Mecánica, Sidero-Metalúrgica, Automotriz y Proveedoras de Autopartes en General, de la Energía, sus Derivados y Similares de la República Mexicana “Miguel Trujillo López”
Proceso en el que la STPS identificó irregularidades y con ello se determinó la nulidad del procedimiento y ordenó al sindicato reponer la votación en lo siguientes 30 días.
La STPS denunció estos hechos ante la Fiscalía General del estado de Guanajuato para que investigue y deslinde las responsabilidades penales que correspondan.
“La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) acreditó diversas causales de invalidez de la consulta, incluyendo irregularidades graves que fueron determinantes para su desarrollo y para el resultado de la votación, y que vulneraron los principios de seguridad y certeza que deben regir a todo proceso democrático”.
El proceso deberá garantizar, ordena la STPS, la emisión de voto de forma pacífica, personal, libre, secreta y directa, sin coacción ni intimidación.
Entre las características que deberá cumplir la reposición del proceso son, contar con un padrón confiable de trabajadores con derecho de voz y voz, la adecuada difusiòn de la convovarotia, los espaicos accesigble sy seguros y sumar observadores y vigilancia electoral. Ademas de asegurar la no intromisión de la empresa, el sindicato o de persona ajena a la consulta.