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¿Te despidieron? Conoce las opciones para tener servicio médico y asegurar tu pensión

Pierdes tu empleo pero no tus derechos; descubre las opciones del IMSS para conservar servicio médico, cotizar o asegurar tu pensión
¿Te despidieron? Conoce las opciones para tener servicio médico y asegurar tu pensión

Ciudad de México - Quedarse sin un trabajo formal o dejar de tener un patrón no significa perder el acceso a los servicios de salud de manera inmediata.

La Ley del Seguro Social establece un periodo de gracia posterior a la baja y, una vez concluido, existen diferentes esquemas voluntarios para seguir amparado mediante el pago de cuotas ante el IMSS.

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Lo primero que debe verificar cualquier persona que enfrente un despido es su vigencia de derechos.

El artículo 109 de la normativa estipula que quien haya acumulado al menos ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas antes de la desocupación conserva, durante las ocho semanas siguientes, el derecho a recibir asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica, de maternidad y hospitalaria tanto el extrabajador como sus beneficiarios.

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Alternativas de protección médica y el Seguro de Salud

Una vez superado ese periodo inicial de gracia, es necesario evaluar qué tipo de cobertura se requiere. Si el objetivo exclusivo es conservar la atención médica, existe el Seguro de Salud para la IMSS, un esquema voluntario de pago anual anticipado que ampara a personas sin seguridad social.

Este seguro se puede contratar en cualquier época del año y su vigencia arranca el primer día del mes siguiente. Las tarifas vigentes para 2026 varían según el rango de edad por cada asegurado:

-0 a 19 años: $9,300

-20 a 29 años: $11,550

-30 a 39 años: $12,350

-40 a 49 años: $14,350

-50 a 59 años: $14,850

-60 a 69 años: $20,600

-70 a 79 años: $21,500

-80 años o más: $22,150

Cabe destacar que el reglamento contempla restricciones para padecimientos preexistentes, salvo cuando la incorporación voluntaria se solicita dentro de los 12 meses posteriores a la baja y se acrediten 52 semanas cotizadas previamente.

La realidad de la Modalidad 40

Para quienes optan por el autoempleo, el esquema de Personas Trabajadoras Independientes ofrece una protección integral que incluye los cinco seguros del Régimen Obligatorio: Enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; y guarderías.

Su costo se calcula en función de la actividad, zona geográfica e ingresos reportados.

Por otro lado, la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida popularmente como Modalidad 40, suele generar confusiones.

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Este mecanismo permite seguir cotizando para acumular semanas rumbo a una futura pensión en los rubros de Invalidez, Vejez y Cesantía, pero no incluye servicios médicos.

Por ello, quienes busquen consultas y hospitalización deben contratar el seguro de salud por separado.

Antes de elegir cualquier camino, las autoridades recomiendan consultar la Constancia de Vigencia de Derechos para definir si se busca atención médica inmediata, protección como freelancer o continuidad exclusiva para el retiro.