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¡Crisis laboral! Más de la mitad de los migrantes en México están desempleados

OIM: 65% de migrantes en México está desempleado; integrarles al mercado laboral reduce rotación y fortalece productividad y competitividad
¡Crisis laboral! Más de la mitad de los migrantes en México están desempleados

Ciudad de México - La necesidad prioritaria de la mayoría de personas migrantes irregulares en México es generar ingresos, aunque la OIM estima que cerca del 65 por ciento permanece desempleado.

Mediciones recientes indican que alrededor del 40 por ciento busca trabajo activamente, mientras una fracción menor accede a empleos formales con contratos y estabilidad.

Entre quienes ya laboran, sólo 10 por ciento cuenta con contrato formal y 34 por ciento percibe ingresos regulares, reflejando precariedad persistente en el mercado laboral.

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Migrantes desempleados México: Más de la mitad no tiene trabajo

A este escenario se suma otro grupo con estancia legal vigente, que intenta integrarse al empleo formal para establecerse en el país, pero sin resultados favorables.

La OIM México subrayó que contratar migrantes es estratégico, pues su inclusión reduce rotación, amplía plantillas de forma sostenible, eleva productividad y fortalece competitividad empresarial.

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Una guía práctica del organismo documenta que estas personas presentan menores tasas de rotación en sectores donde existen barreras de ingreso inicial.

Además, con base en datos del Banco Mundial 2023, la OIM estimó que la migración internacional aporta hasta 9.4 por ciento del PIB en países de altos ingresos.

En México, ese impacto oscila entre 1.4 y 2 por ciento del PIB, lo que refuerza el argumento de que la integración laboral genera valor económico y social.

“Se estima que la migración internacional aporta hasta 9.4 por ciento del PIB”, “todas las autoridades deben promover y garantizar los derechos humanos”, “todas las personas tienen derecho a un trabajo digno y decente”, “la Ley de Migración contempla estancias con actividades remuneradas”.

El marco constitucional respalda esta inclusión: el artículo 1º obliga a autoridades a respetar derechos humanos sin distinción, y el artículo 123 reconoce el derecho al trabajo digno.

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La Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 2 y 3, garantiza empleo sin discriminación por origen, nacionalidad, condición migratoria, género u orientación sexual.

Finalmente, el artículo 52 de la Ley de Migración prevé estancias que permiten actividades remuneradas, como visitantes por razones humanitarias, trabajadores fronterizos y residentes.