León, Guanajuato - En México, miles de trabajadores del estado están asegurados en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), que es la institución que les otorga atención sanitaria.
Pero además, el ISSSTE gestiona la llamada Pensión por Causa de Muerte, con la que, si un trabajador llega a fallecer, sus familiares son beneficiados con un recurso mensual.
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¿Pero quiénes son los familiares que tienen derecho a comprar la pensión de un trabajador afiliado al ISSSTE fallecido y cómo pueden hacerlo? Aquí te lo decimos.
¿Quién puede cobrar la pensión de un trabajador asegurado en el ISSSTE si este fallece?
Según la Ley del ISSSTE, la pensión por causa de muerte (por fallecimiento de un trabajador o pensionado) puede ser cobrada por sus familiares con derecho, que son estos:
- Cónyuge o concubino(a): es la pensión por viudez. Quien tenía una relación de concubinato con la persona fallecida también puede acceder a ella, siempre que cumpla las condiciones que marca la ley, como haber convivido con ella durante un tiempo determinado o tener hijos en común.
- Hijos: es la pensión por orfandad. Incluye a los menores de edad, a los mayores de edad hasta los 25 años si estudian y a los hijos con discapacidad.
- Ascendientes (padre y madre): es la pensión por ascendencia. Pueden solicitarla cuando el trabajador falleció sin dejar cónyuge, concubino(a) o hijos con derecho a pensión. Deben haber dependido económicamente de la persona fallecida.
El monto equivale al 100% de la pensión que le correspondía al trabajador o pensionado, y se divide proporcionalmente entre los beneficiarios con derecho.
Además, es importante solicitarla pronto, porque quien no hace el trámite pierde el derecho a recibirla. Los deudos deben presentarse en las oficinas de atención al derechohabiente del ISSSTE, con acta de defunción, documentos que acrediten el parentesco o el concubinato e identificaciones. También puede hacerlo un tercero con carta poder.
Suprema Corte protege a los dependientes económicos del fallecido
En los últimos años, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ido ampliando los derechos de los beneficiarios de una pensión por muerte del ISSSTE.
Por ejemplo, resolvió que perder la pensión de viudez por volver a casarse o vivir en concubinato es contrario a la igualdad y a la seguridad social, y también ha señalado que lo más importante para otorgar la pensión es la dependencia económica y no tanto el parentesco.
Así que, si tú viviste la pérdida de un ser querido que cotizaba en el ISSSTE, recuerda que puedes
