Guanajuato - Mamá y papá podrían decidir el orden de los apellidos de sus hijos, en tanto se apruebe una reforma al Código Civil del Estado de Guanajuato, la cual está en proceso de consulta desde el poder legislativo.
Es una iniciativa de la que ya se aprobó su metodología en la comisión de Justicia, con miras a reformar el Código Civil para que sean la madre y el padre quienes acuerden el orden de los apellidos, con posibilidad de elegir entre sus apellidos maternos y paternos.
Te recomendamos: VIDEO ¡Temor en la escuela! Coyote entra a colegio y queda atrapado, esto pasó
La propuesta de reforma está en proceso de consulta al Supremo Tribunal de Justicia, a la Consejería Jurídica, a la Secretaría de Gobierno y a la Procuraduría de los Derechos Humanos.
También se consultarán pueblos y comunidades originarias por incidir en el ámbito de vida y entorno; propuesta que ya fue aprobada.
Los detalles se subirán a la página web del Congreso del Estado de Guanajuato para consulta y participación ciudadana, y posteriormente se llevarán a cabo mesas de trabajo con las autoridades consultadas.
Lee además: ¿Eres emprendedor y quieres saber cómo obtener $7 mil a fondo perdido? ¡Esto te interesa!
Esto es a propuesta de los diputados morenistas. La legisladora María Eugenia García Oliveros dio a conocer que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido de manera particular, que es inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno.

Establece que la práctica de colocar el apellido del hombre primero relega a la mujer a un rol secundario en el ámbito familiar.
Recordó que el máximo órgano jurisdiccional del país definió que dicha disposición establece un prejuicio que discrimina y disminuye el rol de las mujeres en las familias y, en consecuencia, en la sociedad, ordenando que se deberán expedir nuevas actas de nacimiento a las menores con el orden de los apellidos deseado por las madres y los padres.
Da click aquí y suscríbete a nuestro canal de Whatsapp e infórmate de todo lo que necesitas saber
Tal resolución, abundó García Oliveros, insiste en que la imposición del apellido paterno responde a un trasfondo histórico en el cual la concepción de éste como jefe y portador del apellido de la familia, relega a las mujeres al papel de simples integrantes, negando con ello las funciones indispensables de crianza, dirección y sostenimiento que cada vez con mayor frecuencia desempeñan las mujeres.
Compartió que en muchas situaciones las mujeres son la cabeza del hogar, y que para muchas hijas e hijos que han crecido en estos hogares, la posibilidad de elegir para su descendencia el apellido materno de sus madres no es solo una reivindicación de su propia identidad, sino el establecimiento de una estirpe que permita a las generaciones futuras el conocimiento de su origen y de sus tradiciones.
*GG