Ciudad de México - Una Juez federal vinculó a proceso a Felipe de Jesús Díaz Gómez y Ricardo Mendoza Cerón, el conductor y jefe de despachadores del Tren Interoceánico accidentado el 28 de diciembre en Oaxaca, con un saldo de 14 muertos y 8 heridos.
Diana Isabel Ivens Cruz, Juez de control del Centro de Justicia de Cintalapa, Chiapas, procesó a los dos empleados por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, de acuerdo con informes federales.
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Además, les impuso la prisión preventiva en el Penal Estatal de El Amate, localizado en el mismo municipio chiapaneco.
Estos fallos se dictaron en audiencias separadas: el martes a las 9:00 horas se celebró la diligencia en la que se resolvió la situación jurídica de Díaz y el miércoles a las 4:00 horas la de Mendoza.
La juzgadora consideró que los 122 datos de prueba que presentó la Fiscalía General de la República acreditan de manera indiciaria los delitos y la probabilidad de que los dos imputados los cometieran.
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La pena por homicidio culposo va de 5 a 20 años de prisión. Así como la destitución del empleo, cargo o comisión e inhabilitación para obtener otros de la misma naturaleza. Mientras que la prevista para las lesiones culposas, de 3 a 6 años de cárcel.
Díaz Gómez fue detenido el lunes pasado en Palenque, Chiapas; y Mendoza Cerón el miércoles en Coatzacoalcos, Veracruz.
La juez giró un total de tres órdenes de aprehensión por estos hechos y sólo está pendiente la captura de Emilio Erasmo Canteros Méndez, maquinista de la locomotora siniestrada.
En la teoría del caso presentada por la Fiscalía ante la Juez, el siniestro de diciembre pasado es atribuible al exceso de velocidad.
La FGR señala que Canteros Méndez es responsable de haberse excedido del límite de velocidad permitido de 50 kilómetros por hora. Pues al momento del siniestro el tren iba a 65 kilómetros por hora.
En tanto que Díaz Gómez y Mendoza Cerón presuntamente no accionaron la válvula de freno de emergencia para detener el tren. Esto debido al exceso de velocidad atribuido a Canteros.
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Según la imputación, el maquinista y el conductor tampoco contaban con licencia federal ferroviaria vigente, que los facultara para ejercer las funciones.