Resuelve la SCJN amparo de un paciente que tuvo que comprar por su cuenta los medicamento que el IMSS no le pudo entregar
Ciudad de México-
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que el Estado está obligado a garantizar el suministro oportuno de medicamentos, además de que dictó medidas en caso de no hacerlo.
El fallo aplica en los casos de personas que padezcan enfermedades que requieran el suministro de
medicamentos de manera periódica.
La determinación de la
SCJN se derivó de un amparo que promovió un paciente de una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (
IMSS) que no entregó de manera oportuna el medicamento para tratar la enfermedad que padece.
Ante la negativa del
IMSS, el ciudadano se vio obligado a comprarlo por su cuenta y decidió tomar medidas legales para defenderse y solicitar un reembolso.
En respuesta, la SCJN consideró que en este caso el Estado vulneró el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental del paciente.
Ante ello, determinó que el paciente deberá recibir el reembolso de los gastos que se vio obligado a hacer para comprar sus
medicamentos.
En su fallo, la
Suprema Corte destacó que el estado tiene el deber de garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos, y que este deber debe “potencializarse”.
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La SCJN falló a favor de un paciente al que negaron medicamentos en el IMSS.[/caption]
Existe un deber de diligencia por parte del Estado que deberá potencializarse con un carácter reforzado”.
Y señaló que en casos de enfermedades que requieren medicación periódica, el Estado debe actuar con diligencia, pues de ello dependen la vida, la integridad y la seguridad de las personas.
La SCN destacó que el artículo 4º constitucional reconoce el derecho a la protección de la salud como un servicio básico que incluye la atención médica de los enfermos.
*GG