Ciudad de México - Aunque para muchos el 25 de diciembre es sinónimo de descanso y reuniones familiares, sectores vitales como el de salud, seguridad y servicios mantienen su operación.
Si te encuentras entre quienes deben presentarse a laborar este miércoles, es fundamental que conozcas los beneficios económicos que te corresponden por ley, ya que tu esfuerzo debe verse reflejado con una remuneración especial.Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y recibe las últimas noticias directamente en tu celular
Pago extraordinario
La Ley Federal del Trabajo (LFT), en su artículo 74, establece con claridad que el día de Navidad es de descanso obligatorio.
No obstante, si las necesidades de la empresa requieren que cubras tu turno, se activa lo dispuesto en el artículo 75.Este marco jurídico garantiza que el empleado no reciba una compensación ordinaria, sino una superior: los colaboradores tienen derecho a percibir, independientemente de su sueldo base, un pago doble adicional por las actividades desempeñadas.
¿Cómo calcular tu ingreso de este miércoles?
En términos financieros, laborar en un día feriado oficial se traduce en un pago triple. El esquema se desglosa de la siguiente manera: Tu sueldo normal por el día, y un excedente equivalente a dos salarios más.
Por ejemplo, si tu salario diario es de $500 pesos, por trabajar este 25 de diciembre deberás recibir un total de $1,500 pesos (tus $500 base más $1,000 adicionales por el concepto de feriado).
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Es importante mencionar que si tu jornada es parcial o si realizas horas extraordinarias, el ajuste debe realizarse de forma proporcional sobre esta misma base de pago triple.
La diferencia entre el 24 y el 25 de diciembre
Una duda común surge sobre la jornada de Nochebuena. Es necesario precisar que, legalmente, el 24 de diciembre es un día laborable común.
Salvo que tu contrato individual o colectivo mencione un beneficio extra, las empresas están obligadas a pagar únicamente el salario ordinario. El derecho al pago triple comienza estrictamente a partir del primer minuto del 25 de diciembre.Protección a tus derechos laborales
El pago por día festivo no es una concesión voluntaria del patrón, sino una obligación legal.
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Si este monto no se ve reflejado en tu siguiente recibo de nómina, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
Recuerda que tienes un plazo de hasta un año para reclamar este adeudo. Las instituciones que ignoren esta normativa pueden enfrentar sanciones económicas considerables que se calculan en Unidades de Medida y Actualización (UMA).MEJZ*
