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¿Te quedaste sin empleo y tienes crédito Fovissste? Así solicita la prórroga por un año

Si te quedaste sin empleo, el Fovissste tiene un apoyo que te permite poner una pausa a tus pagos por 12 meses
¿Te quedaste sin empleo y tienes crédito Fovissste? Así solicita la prórroga por un año

Si trabajabas en el gobierno y tienes un crédito con el Fovissste, pero por alguna razón dejaste de laborar ahí, es muy importante que sepas que tu préstamo no desaparece.

El financiamiento sigue activo, pero cambia la forma en que se paga: ya no se te descontará automáticamente de tu sueldo y ahora tú debes ver cómo seguir al corriente.

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Para estos casos de desempleo, el organismo tiene un apoyo que te permite poner una pausa a tus pagos por un tiempo.

Esta prórroga dura un máximo de 12 meses y lo mejor es que durante ese tiempo no se te cobran intereses.

Puedes usar este año de descanso todo de corrido o por partes durante el tiempo que dure tu crédito, siempre y cuando no tengas algún problema legal con la institución donde trabajabas.

Este beneficio aplica para quienes tienen créditos de tipo Tradicional, Conyugal o el de Fovissste-Infonavit Individual.

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Para poder congelar tus pagos, es necesario que hagas un trámite oficial para avisar que ya no tienes ese empleo público, el cual puedes iniciar por internet o acudir directamente a las oficinas.

Si prefieres ir en persona, debes buscar el Departamento de Vivienda que te quede más cerca de tu casa.

Si decides hacerlo por internet, tienes que entrar a la página oficial del Issste, llenar tu solicitud y elegir la oficina donde terminarás el trámite; el sistema te dará un número de folio que deberás llevar impreso para que te puedan atender.

Los documentos que debes preparar y llevar a la oficina son:

-Identificación oficial con foto (como el INE o el pasaporte).

-La baja oficial de la oficina donde trabajabas (es indispensable que esté firmada y sellada por el área de Recursos Humanos).

-Tu último comprobante de pago (talón).

-Tu CURP.

-El formato de solicitud de prórroga lleno.

-En caso de que no puedas ir tú y mandes a alguien más, esa persona debe llevar una carta poder.

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MEJZ*