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Formalizan el Registro de Deudores Alimentarios

Mediante una plataforma se realizará la gestión de inscripción de las órdenes judiciales relativas al deudor alimentario moroso
Formalizan el Registro de Deudores Alimentarios

En Guanajuato ya fue formalizada la operación del Registro de Deudores Alimentarios, en cuya plataforma se inscriben las órdenes judiciales sobre las personas que no paguen pensiones alimenticias a sus hijos.

El módulo electrónico del Registro de Deudores Alimentarios Morosos está operando desde el pasado 23 de abril.

"Quien incumpla con la pensión o ministración alimentaria, sin justa causa, por un plazo de 90 días, se convertirá en deudor alimentario moroso, por lo que la Dirección General de Registros Públicos de la Propiedad y Notarías deberá inscribir la declaración de deudor de alimentos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y en el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad que se encuentra a nombre del deudor alimentario moroso".

En dicha plataforma se inscribirá la demanda de pago de alimentos, la medida provisional de pago de alimentos o la sentencia que se dicte fijando la cantidad adecuada.

Cuando los particulares realicen una consulta sobre bienes inmuebles del deudor alimentario, en dichos registros sí podrá observarse la inscripción correspondiente.

El Registro Público de la Propiedad deberá verificar los folios a fin de revisar y confirmar, en los casos en que un deudor de alimentos pretenda transmitir, modificar, gravar, limitar, extinguir la propiedad de bienes inmuebles o cualquier derecho real, con el objeto de informar al juez para que resuelva lo que corresponda a su derecho y, mientras no se resuelva, no se podrá realizar ninguna acción que afecte el inmueble.

Si el deudor de alimentos declarado en mora acredita ante la autoridad el pago total de sus deudas, podrá solicitar la cancelación de la inscripción en la plataforma.

Las 24 oficinas de Registro Público de la Propiedad se encuentran en posibilidad de recibir cualquier solicitud que gire la autoridad competente en esta materia, y realizar su gestión conforme al procedimiento registral contenido en el Reglamento del Registro Público de la Propiedad para el Estado de Guanajuato.

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