Durante la Semana Santa, ciertos empleados continúan laborando y asisten a sus lugares de trabajo como de costumbre. Dado que estos días son considerados festivos y vacacionales, ¿existe alguna remuneración adicional para aquellos que trabajan de manera normal en estos días?
Si la empresa en la que trabajas no para labores durante Semana Santa, aquí te digo si existe alguna remuneración adicional para ti que trabajas de manera normal estos días.Entérate de todo lo que pasa en estado en el canal de Página Central de WhatsApp, ¡síguenos aquí!Resulta que según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), la Ley Federal del Trabajo no considera los días jueves 28, viernes 29 y sábado 30 de marzo del 2024 como días de descanso obligatorio.
¿Qué significa eso? Pues que si te toca trabajar esos días, no te van a dar un peso extra por hacerlo.
¿Pero qué pasa si tu jefe es buena onda y te da esos días de asueto? Bueno, en ese caso, sí tendrías que cobrar como si estuvieras trabajando normal, ¡sin que te descuenten un peso!
Ahora bien, si te tocan vacaciones durante la Semana Santa, ahí sí cambia la cosa.
Síguenos en Google Noticias y entérate de todo lo que necesitas saber en tu día, da click aquíSi tienes un año laborando, por ley tienes derecho doce días de vacaciones pagadas. Y atención, porque durante esos días, tu jefe debe pagarte tu sueldo completo más un bono del 25 por ciento sobre tu salario base. ¡Nada mal, eh!
Y para rematar, dependiendo de cuántos años lleves en la empresa, te dan más días de vacaciones.
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Según los cambios aprobados a la Ley Federal del Trabajo, estos son los días que gozarás de vacaciones dependiendo de los años que tengas laborando.
Año 1: 12 días
Año 2: 14 díasAño 3: 16 díasAño 4: 18 díasAño 5: 20 díasDe 6 a 10 años: 22 díasDe 11 a 15 años: 24 díasDe 16 a 20 años: 26 díasDe 21 a 25 años: 28 díasDe 26 a 30 años: 30 díasLee también: ¿Cuánto me cuesta salir de vacaciones a una playa en México?
Así que ya sabes, ¡a disfrutar esos días de descanso merecido!
MEJZ*
