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¡Adiós multas! SATEG condonará el 100% de recargos y multas en estos rubros

El Servicio de Administración Tributaria del Estado de Guanajuato, condonará 100% en recargos y multas hasta el 31 de diciembre de este año
¡Adiós multas! SATEG condonará el 100% de recargos y multas en estos rubros

León, Guanajuato - El Servicio de Administración Tributaria del Estado de Guanajuato (SATEG) aplicará la condonación del 100% en recargos, multas y gastos de ejecución, derivados de adeudos por el pago de impuestos y derechos estatales.

El Gobierno del estado de Guanajuato publicó en el Periódico Oficial el lunes 8 de septiembre, el Decreto Gubernativo 34, que otorga beneficios fiscales en contribuciones estatales, accesorios y multas por infracciones, aplicados a través del SATEG.

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El beneficio entraría en vigor el mismo día de su publicación y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre del 2025.

Aunque el SATEG deberá emitir, a más tardar el próximo 19 de septiembre, las reglas de carácter general para la aplicación del beneficio.

"Este beneficio se aplica con el objetivo de “fomentar e incentivar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, favoreciendo de esta forma el incremento en la recaudación de los ingresos del Estado, en aras de satisfacer las necesidades de la sociedad guanajuatense”, señala el decreto.

El documento indica que se aplicará un “estímulo fiscal” del 100%, es decir, condonación o descuento, sobre los recargos, multas y gastos de ejecución de los créditos fiscales, en tanto, la persona obligada no haya impugnado o solicitado la revisión del mismo; o hasta que se desista de la acción.

Impuestos cedulares y de nómina tendrán descuentos del 100%

Se aplicará un descuento del 100% sobre recargos que se hayan causado por impuestos estatales, tales como el de la Nómina, Cedulares por arrendamientos, servicios profesionales y enajenación de bienes; y Ecológicos, entre otros.

También se otorgará el 100% de descuento sobre multas impuestas por infracciones a las disposiciones de impuestos fiscales estatales distintas a las obligaciones de pago.

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Además, se exenta de la presentación de las declaraciones de impuestos estatales aquellas personas físicas o morales que excedan 60 meses a partir de la publicación de los beneficios.

También habrá descuentos en refrendos y otros cargos

En materia de derechos estatales, a los propietarios y/o poseedores de vehículos inscritos en el Registro Estatal Vehicular se le descontará el 100% sobre recargos, gastos de ejecución, actualizaciones y multas causados por la omisión del pago del 31 de diciembre del 2020 al término de aplicación del decreto.

A los titulares de licencias de funcionamiento para venta de alcoholes que hayan sido canceladas, se les condonará el 100% sobre derechos, recargos, gastos de ejecución, actualizaciones y multas.

En el caso del derecho por el otorgamiento de licencias para la producción o almacenamiento y enajenación de bebidas alcohólicas y sus modalidades completarías, se aplicará un estímulo del 25% sobre el pago. Los pagos no podrán realizarse en especie o mediante compensación; es decir, en efectivo.

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MEJZ*