León, Guanajuato - El aguinaldo, una prestación laboral obligatoria establecida en la Ley Federal del Trabajo, es un derecho fundamental que beneficia a los empleados mexicanos, quienes reciben este pago adicional en diciembre para cubrir los gastos de las festividades.
La normativa indica que el pago debe realizarse “antes del 20 de diciembre”, lo cual, según explicó el subsecretario del Trabajo y Previsión Social de Guanajuato, Marco Rodríguez, implica que el último día permitido es el 19 de diciembre.

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“La ley es clara, y antes del 20 significa máximo el día 19”, enfatizó Rodríguez, quien añadió que “la mayoría de los patrones cumple con esta disposición, e incluso algunos anticipan el pago en la quincena previa”.
Rodríguez detalló el operativo de inspección que se lleva a cabo para verificar el cumplimiento de este derecho, indicando que se realizan entre 250 y 300 inspecciones en empresas locales.
No vamos a iniciar el operativo ahorita, porque aún no vence el plazo legal”, señaló.
“Lanzamos el operativo el día siguiente al 20 de diciembre, y en ese momento atendemos las quejas previas de los trabajadores que consideran que su aguinaldo no ha sido correctamente entregado”.
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En estos casos, la autoridad ofrece un periodo de 72 horas a las empresas para rectificar el pago si se detectan errores en los montos.
Una de las causas comunes de sanción es el cálculo incorrecto del aguinaldo. Rodríguez explicó: “El cálculo debe incluir decimales específicos, pero a veces, en salarios bajos, los patrones redondean y omiten la diferencia, que puede ser de tres, cinco o hasta siete pesos.
"Aunque la diferencia sea pequeña, cuando detectamos que es a favor del trabajador, pedimos a la empresa que haga la corrección”.
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¿Y cuál es la sanción si no cumplen las empresas?
En cuanto a las sanciones, el subsecretario indicó que “la autoridad laboral tiene la facultad de multar entre 500 y 5,000 UMAs”, dependiendo del tamaño de la empresa y la gravedad de la infracción.
Aunque no es lo mismo multar a una empresa pequeña que a una grande; todo esto es evaluado por el órgano administrativo sancionador federal, que toma en cuenta la postura de la empresa”, insistió.
Si bien el incumplimiento del pago antes del 20 no necesariamente implica sanción, las autoridades realizan una advertencia en estos casos.
Rodríguez explicó que si un patrón paga el aguinaldo el mismo día 20 y no antes.
Se le deja una carta o se asienta en el acta para que sepa que la próxima vez el pago debe ser el 19. Después, supervisamos a esa empresa durante uno o dos años para asegurarnos de que corrijan la fecha”.
"Este derecho le da a las personas un ingreso extra para sus familias en una temporada especial. Nuestro trabajo como autoridad es asegurarnos de que todos los trabajadores reciban lo que les corresponde, ni más ni menos", concluyó.