Si cotizaste en el Instituto Mexicano del Seguro Social y dejaste el empleo formal hace tiempo, tus semanas no están perdidas; son un derecho adquirido que puedes reactivar para obtener una pensión.
El primer paso es verificar tu situación actual mediante el Número de Seguridad Social (NSS); Si no recuerdas tu NSS, puedes localizarlo en documentos antiguos como la "hoja rosa", credenciales previas o incapacidades.Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y recibe las últimas noticias directamente en tu celular
Con este dato, podrás descargar tu Constancia de Semanas Cotizadas en línea, la cual detalla tu historial y el régimen al que perteneces.
Diferencias entre Ley 73 y Ley 97
Es importante que sepas a qué régimen perteneces, ya que esto determina los requisitos para tu retiro.
Si estás bajo el régimen de la Ley 73, es decir, empezaste a cortizar antes del 1 de julio de 1997, requieres un mínimo de 500 semanas ante el IMSS.
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Pero si estás con la Ley 97, lo que significa que empezaste a cotizar después de esa fechaa, actualmente se exigen 875 semanas, con incrementos anuales hasta llegar a 1,000 en 2031.
¿Perdiste la conservación de derechos?
Si han pasado más de seis años desde tu última cotización, es necesario reactivarte. Esto se logra cotizando al menos 52 semanas consecutivas bajo esquemas legales como trabajador independiente, trabajadora del hogar o mediante la Modalidad 40, según sea tu caso.
No importa cuánto tiempo haya pasado, las semanas registradas siguen vigentes. Recuperarlas puede ser la diferencia entre no tener ingresos o asegurar una vejez digna.
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Especialistas recomiendan revisar tu historial y, de ser necesario, buscar asesoría para estructurar un plan que maximice el monto de tu pensión final.
MEJZ*