Un Tribunal Colegiado ha ordenado a un juez de Distrito que acepte y atienda la demanda de amparo interpuesta por Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, en diciembre de 2022.
La demanda se refiere a la ‘dilación’ de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (FISEL) en la investigación para sancionar a quienes difundieron los videos en los que se le ve recibiendo dinero en efectivo del exfuncionario federal, David León Romero.
El Tribunal Colegiado ha ordenado revocar la resolución impugnada al considerar que el reclamo del hermano del presidente es válido.
También considera que el acto reclamado causa perjuicio al quejoso, lo que invalida el motivo de improcedencia que había sido invocado.
Es importante destacar que Pío López presentó una queja ante el Tribunal Colegiado después de que las autoridades desecharan y declararan improcedente el amparo presentado en diciembre de 2022 contra Héctor Sánchez Zaldívar, integrante del Ministerio Público, por retrasar los actos de investigación en su contra desde 2020.
En el amparo, Pío López reclama el acuerdo del 13 de diciembre de 2022, a través del cual Héctor Sánchez Zaldívar, agente del Ministerio Público Federal, de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (FISEL), emitió “decisiones carentes de fundamentación y motivación” y porque “incumple con su obligación constitucional de investigar en tiempo y forma”.
Asimismo, puntualizó que el hecho de que la fiscalía determinara el no ejercicio de la acción penal en su contra, ni contra David León, no es motivo para sostener que la investigación, en la cual tiene la calidad de víctima, haya concluido, pues la indagatoria en la que denunció a diversas personas no se ha determinado.
En su denuncia, Pío López demandó que se castigue con 12 años de cárcel a los responsables de difundir “comunicaciones privadas” con David León Romero.
MEJZ*