Las empresas exportadoras certificadas ya no podrán obtener sus devoluciones de IVA en plazos reducidos de 10 a 20 días después de presentada su solicitud de devolución ante el SAT, ahora alcanzaría hasta 40 días hábiles .
Con este cambio en el plazo de entrega, se afecta de manera sensible a la liquidez y capital de trabajo de las industrias exportadoras.
“En caso de existir requerimientos aclaratorios por parte de la autoridad, los tiempos de resolución de procedencia de la devolución podrán ser mayores.
“De manera transitoria podrán aplicar el procedimiento ágil de obtención de su saldo a favor de IVA, en tanto terminan las vigencias de sus autorizaciones de empresas certificadas, posteriormente una vez que renueven sus certificaciones ya no podrán aplicar la regla que agilizaba los plazos de devolución de saldos a favor de IVA”, se señaló.
Empresarios pidieron restablecer la regla que permite recuperar en menor tiempo las devoluciones a los contribuyentes certificados.
El sector industrial ha señalado que se requieren facilidades fiscales para enfrentar de mejor manera la emergencia sanitaria y económica. En la emergencia sanitaria el titular del Ejecutivo planteó agilizar las devoluciones de los saldos a favor; la medida de eliminar el plazo reducido de obtención de devoluciones de saldos a favor de IVA a las industrias exportadoras certificadas va en contra de dicho proceso.
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