Ciudad de México - La celebración del Día de Muertos es una de las más esperadas en México y en el mundo, pues es una de las tradiciones más apreciadas a nivel mundial.
El olor a cempasúchil, a pan de muerto, las coloridas catrinas y los deliciosos y artísticos alfeñiques comienzan a apoderarse de las plazas y las viviendas de cada rincón del país.
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Y es precisamente esta fiesta de colores y sabores la que atrae tanto a mexicanos como extranjeros, quienes no dudan en unirse a las celebraciones.
Por ello es que el gobierno de México ha concedido un trato especial a la celebración del Día de Muertos para que los trabajadores mexicanos puedan unirse a los festejos.
Y para hacerlo de manera formal, ha incluido al menos un día de estas fechas en el calendario de descansos obligatorios oficiales.
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¿Es obligatorio el descanso el 1 y 2 de noviembre?
Aunque el 1 y 2 de noviembre son considerados días festivos en México, solo uno de ellos se considera legalmente como descanso obligado para los trabajadores.
El 1 de noviembre, conocido como el “Día de Todos los Santos“, el cual se dedica a los niños difuntos, no se considera un día de descanso obligatorio.
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Sin embargo, el 2 de noviembre, “Día de los Fieles Difuntos”, cuando se conmemora a los adultos fallecidos, sí es considerado como un día festivo de descanso obligatorio.
Así que si en tu trabajo te ves obligado a trabajar por cualquier razón, deberás exigir el pago extra que obliga en estos días, y que se traduce en el pago triple de tu jornada laboral.
*GG