León, Guanajuato - Aunque una tarjeta de crédito puede ser una herramienta financiera que te permite salir de apuros y realizar compras urgentes, su uso incorrecto también puede traer un endeudamiento extremo, por lo que son muchas las personas que se limitan a usarlas sólo en emergencias.
Sin embargo, esto puede ser un arma de doble filo, pues las empresas financieras suelen incluir comisiones por falta de uso de una tarjeta de crédito, por lo que al no usarla cada cierto tiempo, puedes terminar pagando un monto que no tenías contemplado.
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Pero, ¿es legal que una compañía financiera te cobre montos por "falta de uso" o "inactividad"? Esto dice la ley.
Tarjeta de crédito: ¿son legales las comisiones por falta de uso?
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), las compañías financieras sí pueden realizar un cobro al usuario por “no usar la tarjeta de crédito” durante un año.
Sin embargo, el monto depende de cada banco y de lo que diga el contrato de cada tarjeta de crédito. Además, este tipo de cobros no podrán realizarse si el usuario ya pagó una anualidad.
Aquí te dejamos una lista con los casos más comunes:
- Anualidad: Se cobra por tener la tarjeta activa, la uses o no, salvo que tu producto sea "sin anualidad". En este caso, si no cumples un gasto mínimo o al pasar cierto tiempo sí te pueden cobrar una comisión.
- Comisión por inactividad: Algunos emisores sí incluyen una comisión específica si la tarjeta pasa mucho tiempo sin movimientos. No todos los bancos la cobran, pero existe en el mercado mexicano.
- Seguros o membresías adicionales: Si contrataste (a veces sin darte cuenta) algún seguro o membresía asociada a la tarjeta, ese cargo sigue aplicando aunque no uses el plástico para comprar.
Esto puedes hacer si detectas un cobro indebido por falta de uso de tu tarjeta
Al contrario, lo que las empresas financieras no pueden hacer es aplicar cargos "sorpresa" sin haberlos informado con claridad, además de que tampoco pueden añadir tarifas que no estén contempladas en el contrato firmadoEs por ello que, si ves un cargo que no reconoces o que no estaba pactado, puedes reclamarlo directamente con el banco y, si no te resuelven, presentar una queja ante CONDUSEF.
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Si no piensas usar la tarjeta y la anualidad te sale cara, valora cancelarla (liquidando cualquier saldo pendiente primero) o buscar una versión sin anualidad.