León, Guanajuato - Si estás en un aprieto financiero, te ves incapaz de pagar una deuda o vas a enfrentar un gasto fuerte como la compra de un inmueble o un vehículo, es muy probable que acudas a tu familia para pedir apoyo a través de un préstamo.
Sin embargo, si esos préstamos alcanzan una cantidad considerable, podrían llamar la atención del Sistema de Administración Tributaria (SAT) y podrían derivar en multas o incluso en una investigación penal.
Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y recibe las últimas noticias directamente en tu celular
¿Los préstamos familiares te pueden causar problemas con el SAT?
A pesar de que, en sí mismos, los préstamos entre familiares no son ilegales ni están gravados, el Artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) dicta que las personas físicas están obligadas a informar en su declaración anual los préstamos, donativos o premios que, en conjunto o por separado, superen los 600 mil pesos durante un mismo ejercicio fiscal.
Lee también: Cómo localizar y proteger tu celular perdido con una cuenta de correo
Esto aplica sin importar si el dinero viene de un banco, de un préstamo familiar o de un amigo.
A pesar de esto, los préstamos familiares no están sujetos al pago de impuestos, ya que no se consideran ingresos acumulables para efectos del ISR.
Es decir, aunque superes los 600 mil pesos, sólo tendrías que informarlo correctamente para no pagar impuesto por ese monto, a menos que se generen intereses.
Sin embargo, hay diversos escenarios en los que el SAT sí puede intervenir al detectar préstamos fuertes entre familiares. Estos casos con:
- Falta de documentación: El SAT no prohíbe prestar dinero o recibir donativos, pero sí exige transparencia y evidencia. Si recibes depósitos importantes, conviene guardar los contratos, transferencias y comprobantes que respalden el origen del dinero. Si no puedes justificar el depósito con un contrato o pagaré, el SAT puede presumir que se trata de ingresos acumulables no declarados.
- Préstamos muy largos sin intereses: Si el dinero se presta por más de un año y no se pactan intereses, el SAT puede tratarlo como ingreso acumulable, porque en ese caso la autoridad ya no solo mira la intención de las partes, sino si la operación se parece a un crédito financiero real.
- Multas por no declarar: si un contribuyente no informa sobre el préstamo podría recibir una multa de entre el 50 y 75% sobre el valor del depósito total, más recargos, y la declaración anual fuera de plazo puede generar multas de entre 1 mil 400 y 34 mil 730 pesos.
- Donativos entre hermanos: si en vez de préstamo se trata de un regalo/donativo entre hermanos, si el monto supera el exento (tres veces la UMA elevada al año, aproximadamente 128 mil pesos en 2026), tendrás que pagar impuestos sobre lo que exceda.
¿Qué pasa si recibí un préstamo familiar y no lo declaré correctamente?
Si recibiste más de 600 mil pesos y no tienes cómo comprobar que fue un préstamo (contrato, transferencia rastreable, relación con el prestamista), la autoridad puede presumir que ese dinero es un ingreso acumulable no declarado en lugar de un préstamo exento.
Esto activa lo que se conoce como discrepancia fiscal, por lo que el SAT compara lo que gastaste/recibiste contra lo que declaraste como ingresos, y si no cuadra, asume que hubo ingresos ocultos.
Esto puede tener consecuencias graves, desde que el monto se reclasifique como ingreso y se apliquen los impuestos correspondientes; hasta multas por no declarar, mismas que suelen ir del 50% al 75% del monto detectado, más recargos y actualizaciones.
Pero si el monto es muy alto o el patrón se repite (varios depósitos grandes sin justificación, relación con actividades no reportadas), el SAT puede profundizar la revisión y, en casos extremos, iniciar un procedimiento por defraudación fiscal con consecuencias penales.
¿Cómo evitar problemas con el SAT por préstamos familiares?
Es por ello que, si recibiste un préstamo familiar de más de 600 mil pesos, y para evitar problemas con la autoridad tributaria, se recomienda formalizar el préstamo con un contrato o pagaré, e ingresarlo en la declaración anual como ingreso exento.
Además, se recomienda guardar todos los comprobantes de la transferencia, así como evitar depósitos en efectivos sin rastro para evitar complicaciones.