Las mujeres en Guanajuato podrán contraer matrimonio inmediatamente después de divorciase, sin tener que esperar 300 días.
Este día en sesión ordinaria en el Congreso del Estado de Guanajuato se aprobó la reforma al Código Civil propuesta por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), con lo que se elimina la temporalidad que prohibía a las mujeres a contraer matrimonio después de un divorcio.
En el 2020 Guanajuato registró 7 mil 561 divorcios, de los cuales 4 mil 105 se dieron de mutuo acuerdo, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Esta disposición publicada en el Código Civil Federal en 1928 y recogido en 1967 por el Código del Estado y aún vigente, fue calificada como “gravemente discriminatoria” por la diputada panista Cristina Márquez Alcalá. Y es que anteriormente no se podía determinar con certeza la paternidad por lo que se estableció la prohibición.
“Hoy nuestro conocimiento de la genética y de la medicina ha avanzado, actualmente contamos con las herramientas necesarias para que, en caso de ser necesario, se resuelva la duda respecto a la paternidad, con una prueba, por ejemplo, de ADN”, explicó.
En su momento el artículo 155 del Código Civil, expusieron, pudo ser entendible, ya que
originalmente buscaba evitar confusiones respecto a la paternidad de un hijo que pudiera nacer en ese plazo, además de velar por el interés superior del niño.
La iniciativa aprobada hoy en el Congreso del Estado fue presentada por el Grupo Parlamentario del PAN para eliminar la temporalidad que prohíbe a las mujeres contraer matrimonio inmediatamente después de un divorcio.
La presidenta de la Comisión de Justicia, diputada Cristina Márquez Alcalá, señaló que la restricción de tener que esperar 300 días para volverse a casar, afectaba directamente a las mujeres en su decisión sobre su separación y eventual acceso al matrimonio, además en su derecho humano al libre desarrollo de la personalidad.
MEJZ*
